FBI se esmanda en caso de pena de muerte

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Agentes del Negociado Federal de Investigaciones (FBI) aparentemente cambiaron sus informes para  forzar que el caso por los asesinatos de dos vigilantes de Recursos Naturales en marzo pasado llegara al Tribunal Federal y se convirtiera en un caso de pena de muerte por la comisión de un carjacking.

Los agentes del FBI redactaron sus informes el 25 de marzo de 2010 tras entrevistar a los acusados. Los abogados de defensa levantaron el argumento de falta de jurisdicción federal el 7 de abril, y los agentes enmendaron los informes el 21 de abril para incluir hechos que sustentan la jurisdicción federal. La acusación salió el 22 de abril, un mes después del asesinato de los dos vigilantes.

La divulgación de la posible manipulación la hizo el propio juez del caso, Gustavo Gelpí en una orden en la que instruye a la fiscalía a presentarle el documento que sometieron al Departamento de Justicia federal para que se les permitiera pedir la pena de muerte contra Jonathan Ortiz Torres, Ángel Santana Espinet, y Leroy Santana Rosado. La producción, que debe ocurrir hoy 1 de diciembre, sería para concluir si la fiscalía incurrió en conducta indebida. El juez tiene capacidad para revocar la autorización de pena capital. Hay pocos detalles de lo que la fiscalía ha alegado porque el juez ha permitido que esas mociones sean sometidas de manera confidencial. Sólo existe una expresión de Gelpí de que las justificaciones para el cambio de los informes son “enteramente plausibles”.

“Este caso es único…. no solamente hay versiones de hecho aparentemente variadas por parte de los testigos del Gobierno. Más aún, hay una versión de los hechos que, de ser creída por el jurado, llevaría a la conclusión de que no ocurrió un carjacking”, indicó Gelpí a la vez que detalló que los informes de los agentes del FBI fueron enmendados específicamente para añadirles hechos que sustentarían el cargo de carjacking. Los agentes cambiaron sus informes justamente el día antes de que el Gran Jurado autorizara la acusación contra el trío por carjacking, que es el crimen que permite la jurisdicción federal.

El juez aseguró que no había visto este ‘cambia cambia’ de versiones en ningún otro caso, y que los fiscales tampoco habían podido ilustrarlo sobre si esto había sucedido antes. “Si (los informes) del FBI eran borradores, ¿por qué los presentaron en el descubrimiento de prueba?”, cuestionó el juez en la orden.

El delito de carjacking, uno de los que podría resultar en la aplicación de la pena de muerte, requiere que el asesinato ocurra con el propósito de robar un vehículo. Pero la propia versión del agente federal José Bocanegra Ortiz presentada el 24 de marzo para sustentar el arresto del trío indica que los acusados fueron a la oficina del Departamento de Recursos Naturales el 22 de marzo de 2010 en un plan “para robar las armas” de los vigilantes Félix Rodríguez Gómez y Kenneth Omar Betancourt.

Después de que Ortiz fuera herido por uno de los vigilantes, “él y (Santana) se dieron cuenta de que iban a necesitar un vehículo para escapar y se montaron en una Toyota Tacoma color vino estacionada al lado de la caseta (de los vigilantes)” que luego abandonaron para entrar a otro vehículo. El Superintendente de la policía también había dicho en la escena del crimen que “entendemos que el móvil fue el robo del arma de reglamento de estos compañeros”.

Otro elemento del caso es que la declaración de Bocanegra se basó en entrevistas con los mismos acusados, pero el fiscal Antonio Bazán autorizó en mayo la destrucción de los relevos que se supone que los acusados firmaron para renunciar a su derecho a permanecer callados.

Este caso cayó casi de inmediato en manos de agentes federales como parte del acuerdo que la Administración Fortuño firmó con la fiscalía federal para que entren a investigar eventos de muertes por armas de fuego, algo que, por sí solo, no es de la jurisdicción federal. Los vigilantes de ordinario no realizan labores de vigilancia en la sede de Recursos Naturales pero lo hacen ahora debido a que los recortes presupuestarios bajo la Ley 7 provocaron la cancelación del contrato de seguridad privada.

La solicitud de la pena de muerte por parte de fiscalía federal en la Isla ha provocado discusiones álgidas en el pasado, con reclamos de algunos abogados de defensa de que existe una fijación entre los fiscales por conseguir que un jurado puertorriqueño autorice la ejecución de un acusado. La Constitución de Puerto Rico prohíbe la aplicación de la pena de muerte pero esa prohibición no aplica a los casos que lleva la fiscalía federal aquí por tratarse de otra jurisdicción. Un juez federal, Salvador Casellas, llegó a determinar que la aplicación de la pena de muerte por parte de los fiscales federales en Puerto Rico es inconstitucional, pero fue revocado. En el cuatrienio pasado, el Gobierno de Puerto Rico pidió formalmente a Justicia federal que cesara de aplicar la pena de muerte en los casos que investiga aquí. Más recientemente, una investigación del diario USA Today encontró que Puerto Rico era una de las tres jurisdicciones de todo Estados Unidos con más casos de conducta indebida o celo excesivo por parte de los fiscales federales.

Vea
Orden del juez Gustavo Gelpí

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