Tribunal Supremo se encamina a trabajar en tríos

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El Tribunal Supremo aprobó nuevas reglas para su funcionamiento en las que hubo casi un consenso, excepto por la regla que abre la puerta para que el Alto Foro, compuesto por nueve jueces, comience a trabajar en salas permanentes de tres jueces cada una, lo que provocó una disidencia y ataques por la “productividad” de ese poder constitucional.


Las expresiones alrededor del reglamento se dividieron en bloques ideológicos, con los seis jueces nombrados por el gobernador Luis Fortuño apoyando la operación por salas, y dos juezas nombradas por gobernadores populares con disensos o con votos particulares sobre ese mecanismo. Sin embargo, el Juez Presidente Federico Hernández Denton guardó absoluto silencio sobre la adopción de las nuevas reglas de la casa.

La alegación principal del bloque mayoritario es que la operación por salas agilizaría el movimiento de los casos y dejaría espacio para otras responsabilidades del tribunal, como realizar las vistas orales que tanto se han reclamado y que no se celebran desde hace más de 10 años. El grupo minoritario, sin embargo, alerta que el mecanismo propuesto resultará en la dilación, y que las estadísticas demuestran que un Supremo de seis jueces operando como hasta ahora pudo manejar más casos que los que ha manejado el nuevo Supremo agrandado con nueve miembros.

La utilización de datos sobre el manejo de los casos, que trajo en su disidencia la jueza Anabelle Rodríguez Rodríguez, es un ataque directo a la justificación que tuvo la Administración Fortuño para ampliar la composición del Supremo de siete a nueve jueces después de que los cuatro jueces nombrados por el Gobernador lo pidieran el 5 de noviembre de 2010.

Según la nueva regla 4(b), el diseño de las salas dispone que son los tres jueces populares los que quedan en posición de presidirlas porque son los jueces de mayor antigüedad los que pueden presidir las salas; pero las decisiones son por mayoría de dos, por lo que, dependiendo de la composición, se puede garantizar un bloque de dos a uno en cada sala. En este escenario, si un juez popular no puede participar en un asunto, está garantizado que el sustituto será estadista, porque los sustitutos entran en orden del más nuevo al más viejo.

Las salas actuarían como filtros del pleno porque son las primeras que van a decidir sin un asunto particular van a pasar a la consideración del pleno o no. Cuando a una parte no le guste la decisión de una sala, puede pedir que otra sala reconsidere.

En su voto particular, la jueza Liana Fiol Matta subrayó que es un “derecho del pueblo” que el tribunal funcione en pleno y señaló el problema de que si un juez queda en minoría en una sala, no tiene ningún mecanismo para llevar el asunto al pleno del tribunal. “De esa forma, un recurso podría ser denegado por dos jueces aunque, posiblemente, la mayoría del Tribunal tenga un criterio en contrario”.

Para Rodríguez, es claro que el solo hecho de que una solicitud de intervención que se someta al Supremo tiene que ser adjudicada dos veces, primero por una sala y luego por el pleno, es suficiente para concluir que se dilata el procedimiento. “[L]a división en salas, como está propuesto, bifurca, repite, atrasa, fracciona, duplica, y pone más trabas a nuestro quehacer adjudicativo”, comentó a la vez que señaló la estadística de cómo el número de casos pendientes ante el Supremo y el número de casos sometidos se redujeron aún desde antes de que entraran los nueves jueces justificados por la supuesta carga de trabajo. Por ejemplo, en 2009, habían 792 casos pendientes ante el Supremo y eso se usó para justificar a los nueves jueces, pero antes de que éstos llegaran ya la carga se había reducido a 544.

Por su parte, la voz de la mayoría, el juez Rafael Martínez Torres, le señaló a Fiol que “su crítica (sobre el funcionamiento de salas) llegó 51 años tarde” porque ese mecanismo está avalado en la Constitución del Estado Libre Asociado.

Martínez se aferró aún más a la Constitución de Puerto Rico cuando argumentó que “la solución al problema de demora en este Foro es aprovechar al máximo las herramientas que la Constitución nos da” y que el funcionamiento por salas “busca garantizar que sea todo el Tribunal y no una fracción de sus integrantes quienes ejerzan la función de pautar el Derecho en esta jurisdicción”.
“Descartarlo todo y colocar una retranca al cambio no es la solución”, concluyó.

No se sabe en qué momento será activado el mecanismo de salas, pero esa activación, por reglamento, es prerrogativa de “el Tribunal” y no su Juez Presidente, por lo que se entiende que se activaría cuando la nueva mayoría lo decida.

*Esta historia fue revisada para aclarar sobre la participación del Juez Presidente.

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