El caso del niño Lorenzo y el acceso de las cámaras a los tribunales de Puerto Rico

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Fotoilustración por Herminio Rodríguez

Ahora que el Tribunal Supremo le concedió permiso a la prensa para que las cámaras entren en la vista preliminar en alzada contra Luis Gustavo Rivera Seijo, conocido como “El Manco”, por el asesinato del niño Lorenzo González Cacho, les toca a los periodistas, fotoperiodistas y a los medios de comunicación demostrarles al país y a la judicatura que su trabajo es decisivo para despejar la confusión, la turbidez y la especulación que nublan la percepción general sobre este caso en específico y, en general, sobre la administración de la justicia en Puerto Rico.

La gente manifiesta en todas partes que no entiende lo que ocurrió en la primera vista preliminar contra “El Manco”, donde un juez del Centro Judicial de Bayamón determinó que no existe causa suficiente para llevarlo a juicio. Esto se debe, en gran medida, a que, en ese primer turno al bate de la Fiscalía, el Tribunal Supremo del país prohibió la entrada de las cámaras a la corte, desautorizó que se tomaran fotos en sala, denegó la transmisión en vivo y también se opuso a la grabación externa de ese proceso judicial de alto interés público que ha sido objeto de debate nacional durante 6 años.

La falta de transmisión simultánea de las sesiones de la primera vista preliminar, la ausencia de grabaciones de imágenes y voces a las que se pudiera hacer referencia de inmediato y la imposibilidad de fotografiar los gestos del juez, los testigos, los fiscales, los abogados y el público se tradujo en un doble fracaso. Por un lado, se comprobó la insuficiencia de los métodos periodísticos autorizados para cubrir un magnoevento como este en el contexto contemporáneo y, por otro, se destapó el daño a la comunidad que causa el bloqueo de la política pública de acceso a la justicia y el nuevo Canon 15 de Ética Judicial; cuyos objetivos son precisamente atajar la desconfianza generalizada sobre la función social de la rama judicial puertorriqueña.

El aislamiento de los periodistas y fotoperiodistas de los verdaderos protagonistas del caso condujo a la prensa a una cobertura mediocre, prácticamente limitada a los pasillos, a las versiones técnicas de los abogados y a narrar la historia jurídica después de finalizada cada sesión. No es motivo de orgullo que, en pleno siglo XXI, la prensa tuvo que hacer su trabajo utilizando las formas tradicionales que existían en el siglo XX para contar una historia judicial prominente. Esta precariedad periodística ya no se puede sostener en un país que hace tiempo valora la realidad mediante las nuevas formas narrativas digitales y multimediales que permiten la circulación de las mil y una versiones de los hechos mientras están ocurriendo, incluyendo las sensacionalistas y chismográficas; con las que es tan difícil competir sin imágenes ni sonidos de los sucesos reportados.

Tanto es así, que el esfuerzo de periodistas tuiteros experimentados en la cobertura judicial en vivo y multimedial de primera categoría como Walter Soto León, Cynthia López Cabán y Melissa Correa para reportar por Twitter las incidencias de la vista en forma simultánea a lo sucedido fue infructuoso. Los compañeros periodistas se fajaron transcribiendo casi palabra por palabra en tuits pero, como los jueces les prohibieron publicar fotos, audio y videos, el resultado fue una transcripción prácticamente literal e indigerible. Sin comentarios breves y contextualizados sobre las imágenes, las voces, los sonidos y el contenido del performance jurídico interpretado en sala, los periodistas y fotoperiodistas tuiteros, blogueros y facebookeros no pueden hacer bien su trabajo. Sin “attachments” ni “links” no puede haber función periodística de excelencia a estas alturas del desarrollo de las comunicaciones a nivel global.

La gestión educativa que no se está haciendo sobre la importancia de las cámaras en las salas de los tribunales del país le toca a la prensa y a las organizaciones que la representan. La Asociación de Fotoperiodistas, el Overseas Press Club y la Asociación de Periodistas están convocadas no sólo a cabildear por este derecho en los comités institucionales como hasta ahora. Es necesario, además, que estas organizaciones les provean a los jueces y a la ciudadanía material informativo serio, debates y estudios actualizados sobre por qué es importante que se garantice ese acceso y se expanda el programa experimental hacia un programa permanente luego de tres años de haberse creado. A la prensa en general le corresponde elevar las coberturas judiciales al nuevo estándar multimedial, cosa que por ser novel aún permanece inmadura.

El pueblo tiene derecho a ver, escuchar y entender las causas civiles y penales (desde la “Regla 6” hasta las audiencias a nivel apelativo) y esto tiene que implantarse a nivel isla en los próximos años, sobre todo en los casos más sonados. Sólo la publicación del duro trabajo editorial de la prensa sobre un material informativo multimedial, obtenido directamente en las salas judiciales en forma simultánea a los acontecimientos, podrá disipar la nube negra de la hipersaturación de sensacionalismo y chismografía que se posa a la hora de los telediarios sobre nuestros tribunales.

El autor es abogado notario, periodista y profesor de ética de las comunicaciones a nivel universitario.

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