Veredicto: Falso
El candidato a la gobernación por el Partido del Pueblo Trabajador (PPT), Rafael Bernabe, propone eliminar el dinero privado de las campañas políticas para combatir la corrupción. Acusaciones contra funcionarios y recaudadores que levantan grandes sumas de dinero a candidatos con la intención de lograr contratos con el gobierno (como es el caso de Anaudi Hernández) vinculan el inversionismo político a la raíz de la corrupción y por ende, la pérdida de millones de dólares del gobierno para beneficiar a los donantes de las campañas políticas.
Bernabe explicó a Chequéalo Puerto Rico que su propuesta implica establecer mediante legislación el financiamiento público en las campañas políticas prohibiendo los donativos privados a los candidatos. Dijo que su propuesta salvaguarda el derecho de libre expresión de cualquier persona que desee publicar anuncios, pasquines y todo tipo de propaganda siempre que lo haga de forma independiente y no dando dinero al comité del candidato.
“No podemos limitar la libertad de expresión de cualquier individuo o corporación para que de forma independiente publique anuncios y haga campaña a favor o en contra de un candidato; pero podemos limitar que le den dinero y hagan contribuciones directas a los partidos políticos”, sostuvo el candidato a la gobernación por el PPT.
El estado de derecho en Puerto Rico en esta materia electoral, sin embargo, es campo ocupado por decisiones judiciales federales que atan las aportaciones privadas a las campañas políticas al derecho a la libre expresión que establece la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso Buckley v Valeo (1976) declaró inconstitucional una reforma electoral que había sido aprobada en EEUU tras el escándalo de Watergate, pues equiparó los gastos en las campañas políticas con el derecho constitucional de libertad expresión. Esta decisión estableció las bases de hasta dónde el gobierno puede intervenir en las campañas políticas, validó que los gastos ilimitados son parte de la expresión pública, invalidó esquemas que igualaban los gastos de campaña para todos los candidatos, y estableció límites en las contribuciones con el requisito de informes de ingresos y gastos de un candidato.
Esta decisión de Buckley v Valeo permite que el gobierno pueda subsidiar directamente las campañas políticas, pero no puede obligar a un candidato a no levantar dinero privado. El gobierno puede limitar el dinero que se va a gastar en las campañas como condición para que el candidato obtenga financiamiento público, pero solo de forma voluntaria, dice la decisión.
Además de Buckley, otras decisiones del Tribunal Supremo de los Estados Unidos han ampliado y liberalizado la forma en que se permite gastar dinero en las campañas políticas en los estados y territorios estadounidenses. La más reciente es el caso Citizens United v. FEC que estableció que a las corporaciones y, por ende, asociaciones, uniones y todo tipo de organización, les cobija la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos para gastar dinero ilimitadamente en las campañas políticas.
El poder del gobierno de Puerto Rico para establecer mediante legislación sus propias reglas de juego en cuanto a las recaudaciones políticas se limita a ese marco constitucional establecido por el Tribunal Supremo de EEUU que ha interpretado que dar dinero a candidatos y a partidos políticos es parte del derecho constitucional a la libertad de expresión y la libertad de asociación, aseguraron expertos en asuntos constitucionales y electorales.
Según el profesor de derecho electoral y constitucional, Héctor Luis Acevedo y el profesor de derecho constitucional de Puerto Rico y Estados Unidos, Carlos Ramos, debido a la relación política de Puerto Rico con Estados Unidos, el gobierno de Puerto Rico no puede prohibir las aportaciones privadas a las campañas políticas, por ser un ejercicio de dos derechos constitucionales fundamentales.
“El Tribunal Supremo de los Estados intervino directamente en este campo fijando unas fronteras jurídicas a las acciones del Estado e invalidando esquemas que no se ajustan a su visión del derecho a la expresión y a la asociación según su interpretación”, explica en un estudio del sistema electoral de Puerto Rico publicado por Héctor Luis Acevedo.
“A mi juicio una prohibición total de poder dar dinero a los partidos políticos, individuos (naturales o jurídicos) a cambio de que la totalidad de la campaña política sea financiada por el estado, difícilmente va a pasar el crisol constitucional porque es una prohibición prácticamente absoluta al ejercicio de un derecho constitucional como lo es el derecho a la libertad de expresión y asociación. Tengo mis serias dudas que eso pueda ser constitucional”, aseguró por su parte Ramos González, catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana.
Ramos y Acevedo señalaron que la propuesta del candidato a la gobernación por el PPT de prohibir las aportaciones privadas para imponer un financiamiento total de las campañas políticas no es viable ya que del gobierno no puede impedir que ciudadanos donen directamente a sus candidatos o partidos.
“El dar dinero a un partido político es no solo ejercer la libertad de expresión sino también de asociación. Es sentirme vinculado a un partido político. Eso lo dice Buckley también. Se puede limitar (que se pueda donar) en cuanto a cantidades; pero prohibirlo totalmente no”, sostuvo Ramos.
Tampoco es correcta la afirmación de Bernabe de que es posible “sacar el dinero privado de las campañas políticas” porque en el supuesto que los candidatos y partidos políticos acepten no recaudar un centavo privado para acogerse a un financiamiento público total, cualquier ciudadano, asociación o corporación tendrá el derecho a expresarse haciendo campañas independientes con su dinero para favorecer a candidatos o partidos políticos, según determinó el Tribunal Supremo en Citizens United v FEC.
El Contralor Electoral Manuel Torres sostuvo que “el gasto privado, mientras esta determinación de Tribunal Supremo esté en vigor, no se puede impedir. Aunque por ser realizado de manera independiente, no tiene, en principio, una relación directa con el candidato o partido y puede ser altamente reglamentada, en nuestra ley de financiamiento de campañas, esos comités de gasto independiente tienen la obligación de registrarse en la Oficina, radicar informes, necesitan certificación de la Oficina para poder pautar en los medios de comunicación y tienen que identificar sus donantes”.