Levantan voz de alerta debido al poder otorgado a funcionarios federales para arrestar en Puerto Rico

La creación del “Cuerpo de Oficiales de Paz” provocó la reacción de la comunidad legal debido al lenguaje genérico que no demarca los detalles de su implementación ni define el marco de jurisdicción que aplicaría en caso de que una persona sea arrestada. 

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Juramentación de 54 oficiales federales como "Peace Officers".

Foto suministrada.

Los primeros 54 funcionarios de seguridad de Nueva Jersey recién llegados a Puerto Rico para pertenecer al recién creado “Cuerpo de Oficiales de Paz” que tendrá funciones de vigilancia y seguridad tras los terremotos al sur del País, fueron juramentados este domingo por el secretario del Departamento de Seguridad Pública, Pedro Janer. 

Sin embargo, la creación de este “Cuerpo de Oficiales de Paz”, que le confiere autoridad a oficiales de orden público federales para hacer intervenciones y arrestos a civiles, pone en peligro las garantías que tienen los ciudadanos al amparo de la Constitución de Puerto Rico, alertó el director legal de la Unión Americana de Derechos Civiles (ACLU) en la isla, el Lcdo. Fermín Arraiza.

“Una vez juramentados, comenzaron sus funciones en apoyo a los oficiales del Negociado de la Policía de Puerto Rico en la gestión de vigilancia, tránsito y seguridad”, confirmó Janer. Hasta el momento, el Gobierno no ha solicitado efectivos adicionales a este grupo de 54, añadió Janer.

Estos oficiales no recibieron adiestramiento formal sobre la Reforma de la Policía, sino una orientación sobre los protocolos de intervención, y comenzaron hoy mismo a asistir a la Policía ofreciendo asistencia en el manejo del tránsito y otros aspectos de seguridad en los campamentos ubicados en Guánica, Guayanilla, Peñuelas Ponce y Yauco. 

“Se discutió con ellos la forma en que los miembros de la Policía de Puerto Rico utilizan la fuerza. Ellos van a estar en contacto, trabajando en conjunto con la Policía de Puerto Rico en todo momento…Ellos llegaron hoy, tan pronto llegaron están trabajando bajo la supervisión del Comandante de Área de Ponce. Se les dio una orientación en cuanto al uso de fuerza aquí en Puerto Rico de acuerdo a la amenaza, pero van a estar actuando estrictamente bajo la tutela de un agente de la Policía de Puerto Rico”, respondió el funcionario cuando se le preguntó si recibieron un adiestramiento formal y por cuánto tiempo. 

Janer no descartó que estos “Oficiales de Paz” puedan efectuar arrestos, pero solo en caso de disturbios o en una circunstancia mayor. “Ellos no van a estar envueltos en patrullaje en las calles ni en rondas preventivas… (Podrían arrestar) solo en caso de disturbios, en alguna pelea que se forme en el campamento. Ellos tienen las facultades en enforzar (sic) la ley, pero siempre y cuando estén acompañados por un miembro de la Policía de Puerto Rico, que es quien va tomar el ‘lead’ y va tomar acción en cuanto un arresto”, dijo Janer en entrevista con el Centro de Periodismo Investigativo.

Pero, de acuerdo con el abogado de la ACLU, los llamados “Peace Officers” se establecieron mediante una orden ejecutiva que describe de forma general sus deberes, por lo que no está claro el marco legal o jurisdiccional en el que actuarían.

No es la primera vez que en Puerto Rico se establece esta medida. Durante su administración, Ricardo Rosselló implantó una similar luego del huracán María. El Cuerpo de Oficiales de Paz fue habilitado en esa ocasión también por Orden Ejecutiva, el 28 de septiembre de 2017. 

Arraiza señaló que tras la emergencia por el huracán María al menos una querella fue radicada ante la Policía por un ciudadano al que se le pretendía registrar su vehículo ilegalmente durante una intervención por un funcionario federal del Cuerpo de Oficiales de Paz creado por el entonces gobernador, Ricardo Rosselló.

La Orden Ejecutiva 2020-004 – firmada el 11 de enero de 2020, pero retroactiva al 7 de enero – justifica la creación de este organismo por “la necesidad de apoyar a los miembros de la Policía de Puerto Rico ante los problemas de seguridad extraordinarios como consecuencia de los terremotos”. 

“Los ‘Peace Officers’ tendrán completa autoridad y facultad en ley para realizar arrestos y desempeñar todas las funciones inherentes a su cargo por infracciones a las leyes estatales, bajo los mismos términos y condiciones aplicables a los agentes de orden público estatales”, lee la orden ejecutiva firmada por la Gobernadora.  

Ante la falta de legislación, la orden administrativa podría ser impugnada en los tribunales para cuestionar qué autoridad tienen estos funcionarios federales para intervenir en PR con situaciones que son totalmente locales, según Arraiza.

“Más que el problema legal y jurídico nos preocupa el efecto práctico que esta presencia pueda tener en las intervenciones con individuos. La Constitución de Puerto Rico puede dar más derechos pero no menos que la Constitución de EE.UU. Estos funcionarios están adiestrados al alcance de las garantías constitucionales federales. En Puerto Rico, los ciudadanos gozan de mayores garantías y esto si podría constituir un peligro para las garantías constitucionales en Puerto Rico tal y como las tenemos reconocidas”, advirtió el abogado de la ACLU.

A esto se suma la preocupación de la ACLU sobre si estos funcionarios federales están adiestrados o no en la Reforma Local de la Policía que incluye protocolos de uso de fuerza, de uso de ciertos tipos de armamentos y el uso de gases en caso de que en la intervención se tengan que contener multitudes, ya que hasta mayo de 2018 los informes del otrora Monitor Federal, Arnaldo Claudio reflejaban que ni los miembros de la uniformada habían recibido dichos adiestramientos.

Aunque hay funcionarios federales que por su tipo de trabajo conocen sobre cómo intervenir con los ciudadanos, existen otros funcionarios federales de orden público que no están necesariamente acostumbrados ni entrenados para llevar a cabo estas labores. Aún así, el abogado recordó que los adiestramientos, si es que lo tienen, están basados en el alcance de jurisdicción federal que ofrece menos garantías que el marco local.

“A nosotros en la ACLU nos preocupa de sobremanera que, si los de aquí no están adiestrados y los que vienen federales tampoco, lo que podrían hacer es agravar el problema en lugar de resolverlo”, sostuvo el abogado.

Un estudio realizado en el 2010 por la Oficina de Investigación Legislativa de la Asamblea Estatal de Connecticut encontró que los llamados “Peace Officers” existían para ese momento en al menos 43 estados de los Estados Unidos, y detalla que fueron creados mediante legislación, y no mediante orden ejecutiva. 

Por su parte, para el presidente del Colegio de Abogados y Abogadas, Edgardo Román, resulta innecesaria la creación de este Cuerpo de Oficiales de Paz a raíz de los terremotos y mucho menos sin una legislación que defina lo que es un Oficial de Paz, sus poderes y limitaciones y el marco jurisdiccional en el que actuarán. 

Señaló que la única ley a la que hace referencia la orden ejecutiva que crea el Cuerpo de Oficiales de Paz es la Ley de Armas, que define lo que es un oficial del orden público, pero no guarda relación a las disposiciones del nuevo organismo.

“No se justifica por la emergencia de los temblores. Además, en otros estados se hace, lo único que allá se logra mediante legislación estatal para autorizar a funcionarios federales a ser Oficiales de Paz. Es en virtud de ley, no de un documento administrativo. Eso tiene que venir acompañado de algún tipo de acuerdo, porque el funcionario federal está dando un servicio que tiene que ver con legislación estatal. Habría que tener un acuerdo, y esto es muy distinto al acuerdo que ya tiene el Gobierno desde el 2010 con las autoridades federales para combatir el crimen”, sostuvo Román.

Al igual que en Puerto Rico con esta orden, otras jurisdicciones limitan los funcionarios federales considerados “Oficiales de Paz” a aquellos que son parte de agencias de orden público autorizados por ley a portar armas de fuego y hacer arrestos, como los del Servicio Secreto, la Oficina de Tabaco y Armas de Fuego (BATF), la Administración de Control de Drogas (DEA), la Oficina Federal de Investigaciones (FBI), el Servicio de Inmigración y Naturalización (INS), Servicio de Rentas Internas (IRS) y el Servicio Postal de los Estados Unidos (USPS). Sin embargo, el secretario de Seguridad Pública dijo que hasta el momento solo se utilizarían los oficiales policíacos de Nueva Jersey y que no tiene contemplado activar a otros funcionarios federales que laboran en Puerto Rico. Sin explicar porqué se determinó traer a funcionarios de otros estados, Janer mencionó que durante las pasadas dos semanas se activaron a los oficiales de la Policía asignados en “Task Force” federales, que a partir de la llegada de los oficiales de Nueva Jersey regresan a sus labores en las agencias federales.

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