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¿Los muertos venden propiedades en Puerto Rico?

Según surge de documentos judiciales, inmuebles son comprados y vendidos mediante la usurpación de identidades y otros trucos a la vista de notarios, registradores de la propiedad y de un sistema de justicia que no actúa contra este modus operandi.

2 de noviembre de 2026
Damaris Suárez
Centro de Periodismo Investigativo
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Doña Bartola Hernández Jaca falleció en 1994 y su hija Luz Esther Ávila Hernández, en 2021. En una escritura con fecha de mayo de 2024, ambas aparecen autorizando una transacción de compraventa en la que por $60,000 la casa pasó a manos de un desconocido de la familia. Dos hijos que sobrevivieron a Bartola no se explican cómo ocurrió ese negocio que fue presentado como legítimo en el Registro de la Propiedad porque además de que las dos mujeres habían fallecido están seguros de que ningún otro miembro de la familia vendió la casa.

Un día de junio de 2024, otro hijo de Bartola, Atanasio Ávila Hernández, pasó para chequear la casa en la urbanización Hillside en el sector Caimito Bajo, en San Juan, y observó que se hacían reparaciones en la propiedad. En esa casa vivió su otra hermana, Aida, hasta el 2022. La mujer, quien vive en un hogar de cuidado para adultos mayores, tampoco hizo la venta.

Lo que siguió a esa visita de Atanasio a la casa familiar fue un pleito legal para recuperar la propiedad, que pasó a manos de Tribeca Capital Group, LLC y Ritocco Investment. Por poco la familia pierde la residencia. Pero la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA) intervino y presentó una demanda para anular la compraventa. El caso llegó hasta el Tribunal de Apelaciones, que revocó una decisión de desestimación del Tribunal de Primera Instancia (TPI), que hubiese dejado la casa a Tribeca Capital y Ritocco, compañías de Rafael Arnaldo Nadal Palmer y José A. Pagán Cruz, respectivamente.

“Las alegaciones presentadas en la demanda de epígrafe no deben ser tomadas de manera liviana, en la medida en que involucran a una adulta mayor y plantean posibles actos de usurpación y fraude”, señaló el Tribunal de Apelaciones cuando devolvió el caso al TPI.

La compraventa de esta casa en Río Piedras se hizo con una escritura en la que supuestamente compareció como otorgante una mujer que había fallecido 30 años antes de la transacción y la otra persona que “compareció” llevaba tres años muerta.
Foto por Wilma Maldonado Arrigoitía | Centro de Periodismo Investigativo

Una investigación del Centro de Periodismo Investigativo (CPI) encontró más de 20 demandas de los últimos seis años en las que personas hacen alegaciones de haber sido engañadas o inducidas a error en la compraventa de propiedades. Otras alegan dificultades para recuperar su dinero en negocios en los que la venta no se concretó u otras deudas pendientes. Hay reclamaciones de que existen escrituras de compraventas que no fueron autorizadas por sus verdaderos dueños o por la totalidad de los herederos. También, demandas para anular escrituras en las que las personas firmantes en esos documentos estaban muertas al momento en que se hicieron las transacciones.

Las transacciones reclamadas en varias de estas demandas fueron formalizadas ante notarios que dieron fe de la identidad de quienes se presentaron como vendedores y de que verificaron la titularidad del inmueble. Al menos dos de los notarios involucrados en las transacciones en litigio figuran como codemandados. Esto plantea interrogantes sobre los mecanismos de identificación y verificación que permitieron que esas compraventas se formalizaran. Varios de los casos analizados que culminaron en escrituras de compraventas fueron presentados en el Registro de la Propiedad porque, bajo la fe pública notarial, estas escrituras se presumen veraces y correctas.

“El Notario es el profesional del derecho que ejerce una función pública, autorizado para dar fe y autenticidad conforme a las leyes, de los negocios jurídicos y demás actos y hechos extrajudiciales que ante él se realicen, sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes especiales. Es su función recibir e interpretar la voluntad de las partes, dándole forma legal, redactar las escrituras y documentos notariales a tal fin y conferirle autoridad a los mismos”, según la Ley Notarial de Puerto Rico.

El CPI envió preguntas al director administrativo del Registro de la Propiedad, Joaquín del Río Rodríguez, quien no accedió a una entrevista, para que explicara qué permite que ocurran estos registros de escrituras cuyos otorgantes estaban muertos o con identidades usurpadas y qué medidas toman para corregir esta situación. A pesar del plazo concedido para contestar, no lo hizo.

Los hallazgos del CPI fueron encontrados en expedientes judiciales en los que son demandados Tribeca Capital Group, Central Park Group, Venture Urban Group, Park Avenue Investment Group o Capital Urban Recovery Group. Nadal Palmer es o fue el representante de todas estas compañías, que al día de hoy están disueltas o canceladas y figura como demandado en su carácter personal en varias de ellas. En 2010, fue convicto por apropiación ilegal.

El informe de presentencia del caso judicial por el cual fue convicto, y que fue examinado por el CPI en el Archivo Terminado del Centro Judicial de San Juan, muestra a un individuo que creció en una familia que tuvo un importante capital, pero que en su vida adulta fue de fracaso en fracaso en negocios que sucumbieron al igual que su patrimonio. En su intento por mantenerse a flote, mantuvo impagos con algunos proveedores, arrendadores y otros acreedores. 

Son decenas las demandas presentadas en los tribunales que hacen distintas reclamaciones a las compañías relacionadas con Rafael Nadal Palmer.
Foto por Brandon Cruz González | Centro de Periodismo Investigativo

En el registro de casos de los tribunales de Puerto Rico hay, al menos 20 demandas inactivas por reclamaciones de cobro de dinero o incumplimiento de contrato contra Nadal Palmer que se presentaron entre el 2004 y 2010. Para ese año, fue convicto por apropiarse en 2007 de un diamante valorado en $12,394 de la Joyería Portofino en el Viejo San Juan.

En expresiones escritas enviadas al CPI, Nadal Palmer dijo que las reclamaciones que tuvo dentro de ese periodo respondieron a una situación financiera que atravesaba y que atendió sin declararse en quiebra.

Una de las personas que le alquiló un local comercial y que fue entrevistado por la técnico sociopenal del Departamento de Corrección y Rehabilitación, Luz Acevedo Díaz, describió a Nadal Palmer “como una persona astuta e inteligente para timar a terceros que de buena fe hacen negocios con él”. Sus comentarios fueron recogidos en el informe de presentencia que redactó Acevedo Díaz para que el Tribunal determinará si le concedía el privilegio de libertad a prueba y que forma parte del expediente del caso.

Según la minuta de la vista de sentencia, Acevedo Díaz no recomendó el privilegio, pero la jueza Eloina Torres Cancel le impuso una sentencia suspendida de tres años.

“Me declaré culpable por instrucciones de mi abogado. La cuál (sic) posteriormente solicité la renuncia. Y luego se pagó todo en su totalidad”, contestó por escrito Nadal Palmer.

Tras cumplir la sentencia, Nadal Palmer solicitó en 2021, la eliminación de la convicción en el certificado de antecedentes penales aludiendo, entre otros argumentos, que gozaba de buena reputación en la comunidad, y se le concedió. Desde 2020, volvieron a aflorar las demandas por alegaciones de incumplimientos y por diferentes discrepancias en la compraventa de propiedades en las que participaron sus empresas.

Sólo en los últimos seis años, estas empresas han recibido 24 demandas por alegaciones de nulidad de compraventa, cobro de dinero, nulidad o incumplimiento de contrato, interdicto posesorio, daños, cumplir orden del DACO, enriquecimiento injusto y daños y perjuicios, entre otros, según muestra el registro electrónico de casos del tribunal de casos activos e inactivos.

Varias de estas demandas ya se resolvieron cuando los presuntos perjudicados desistieron de los pleitos al llegar a acuerdos fuera del Tribunal con Nadal Palmer. El tracto legal muestra que algunos demandantes recuperaron su dinero meses o años después de haber hecho la transacción disputada, periodo durante el cual Nadal Palmer se mantuvo comprando y vendiendo propiedades para hacer nuevos negocios. En otras demandas, todavía se espera por una resolución.

Compran tu casa

Una de las demandas, por cobro de dinero de 2023, fue contra Compramos tu Casa Ahora, nombre bajo el cual Central Park Group hizo negocios, según la reclamación judicial. En otras dos demandas, contra las compañías de Nadal Palmer se alega que las personas recibieron ofertas de Compramos tu Casa Ahora que fueron incumplidas. Compramos tu Casa Ahora anunciaba sus servicios de compraventa de propiedades por Teleonce, compañía que también fue al Tribunal para cobrar una deuda de más de $35,000 por anuncios. Como no se saldó, el Tribunal emitió un Mandamiento de Embargo de Bienes hace dos años.

Nadal Palmer dijo que la compañía Central Park Group, contra la que se emitió el embargo a favor de Teleonce cerró operaciones, por lo que “no tengo presente en este momento el resultado específico del mandamiento de embargo y no sería responsable especular sobre ello”. Nadal Palmer figuraba como presidente de Central Park Group hasta su disolución en 2025.

En los últimos 20 años, Nadal Palmer ha inscrito y cerrado al menos una decena de corporaciones casi todas tras su convicción judicial, según muestra el Registro de Corporaciones del Departamento de Estado.

Las denuncias sobre presuntas irregularidades en los procesos de compraventa se han quedado en demandas civiles. Uno de los casos, que involucra a Tribeca Capital y a Nadal Palmer, fue referido al Departamento de Justicia por el Tribunal. La parte demandante advirtió de un posible patrón debido a las decenas de casos en litigio contra compañías de Nadal Palmer. Pero el 24 de noviembre de 2025 la secretaria de Justicia, Lourdes Gómez Torres, rechazó investigarlo.

“Los hechos de la Demanda fueron consultados con la División de Delitos Económicos, los cuales informaron que corresponde a los afectados presentar una querella formal en la fiscalía correspondiente”, dijo Justicia.

Luego de la determinación de la actual Secretaria de Justicia de no investigar las transacciones de las corporaciones de Nadal Palmer, se presentaron cuatro demandas más contra Tribeca y Park Avenue Investment Group, LLC, otra compañía de Nadal Palmer. El CPI también supo de al menos otra transacción, en abril de 2026, que se reportó a la Policía como presuntamente fraudulenta y que involucró a Park Avenue Investment.

En declaraciones escritas enviadas al CPI, Nadal Palmer dijo que las reclamaciones que ha tenido son comunes en el tipo de negocio que realiza en la que frecuentemente hay caudales hereditarios envueltos y que sus compañías han cerrado “sobre 500 casos sin ningún problema y de manera satisfactoria para el cliente”. Indicó que los notarios que hicieron las escrituras en esas compraventas son los obligados a asegurarse de la autenticidad de lo que afirmaron bajo su fe pública notarial.

“Mi actividad comercial está relacionada con propiedades, algunas procedentes de caudales hereditarios. Por su naturaleza, estas transacciones pueden presentar riesgos y controversias relacionados con la composición del caudal, el tracto sucesorio, la identidad de los herederos y la suficiencia de los documentos disponibles. Esos riesgos se hacen constar expresamente en los contratos correspondientes”, despachó Nadal Palmer.

Destacó que “la existencia de esos riesgos no significa que yo participe, consienta o tenga conocimiento de falsedades o irregularidades”.

El Departamento de Justicia no concedió entrevista ni contestó las preguntas que el CPI le envió por escrito para explicar la determinación de no atender el referido que le hizo el Tribunal sobre Tribeca Capital, así como para indicar si existe alguna investigación en la agencia a raíz de las querellas presentadas en otros casos.

Identidades usurpadas

La casa de doña Bartola en Caimito volvió a ser de su hija Aida luego de que la empresa que la compró, Tribeca Capital, se allanara a que se declarara nula la escritura de compraventa que se había presentado en el Registro de la Propiedad. Pero eso ocurrió después de que Tribeca, de Nadal Palmer, dio una pelea judicial de casi dos años para quedarse con la casa.

Tribeca Capital condicionó allanarse “como un acto de buena fe, sin aceptar responsabilidad, negligencia o acto antijurídico alguno”. Esta compraventa fue descrita por la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada como la “comisión de un fraude donde se despojó a una adulta mayor de su bien inmueble de forma ilegal”.

Según se desprende del expediente judicial, tres mujeres vendieron la casa de Caimito a Tribeca Capital usurpando la identidad de doña Bartola y sus hijas Luz Esther y Aida. La demanda establece que el notario Manuel Antonio Martín Méndez indicó en la escritura que identificó a las supuestas vendedoras por sus licencias de conducir.

La Ley Notarial de Puerto Rico exige que el notario conozca personalmente a los otorgantes o, en su defecto, que verifique quiénes son mediante medios alternos de identificación. Una manera de verificación es el uso de documentos oficiales con foto, y si se utiliza este mecanismo es obligatorio requerirlo para proceder con el trámite.

Para la OPPEA, esta compraventa se trata de un caso de “maltrato en la modalidad de   explotación financiera, fraude y traspaso de documentos falsos”. Pero nunca se encontró quiénes fueron las tres mujeres que, con identificaciones falsas, vendieron la casa de Caimito usurpando la identidad de doña Bartola y sus hijas Luz Esther y Aida.

“La controversia referente a la validez de esa escritura y a la devolución de la propiedad ya fue atendida y adjudicada mediante sentencia”, dijo Nadal Palmer. “No existe en esa sentencia una determinación judicial de que yo haya cometido fraude, falsificación, suplantación o cualquier otro acto ilegal”, agregó.

Ningún funcionario de la OPPEA estuvo disponible para entrevista ni para contestar preguntas del CPI, entre ellas, si hicieron algún referido a Justicia o si han detectado algún patrón ilegal de venta de propiedades de personas envejecidas.

Falsos vendedores

En otra demanda presentada en junio de 2026 contra Tribeca Capital y Nadal Palmer, la corporación Milomar Investment Corp. alega que la empresa “fraudulentamente indujo, orquestó” para que Milomar adquiriera una propiedad por $76,750 de personas que no eran los verdaderos dueños del inmueble.

Según la demanda, 10 personas presuntamente usurparon con sus firmas e identificaciones con foto las identidades de los verdaderos dueños de la casa en Río Piedras.

“Entiendo que mediante esa reclamación se pretende trasladarme la responsabilidad por decisiones, verificaciones y actuaciones propias del ejercicio de la función notarial, sobre las cuales yo no tenía autoridad ni control”, indicó Nadal Palmer al CPI. “Nunca he instruido, autorizado ni he tenido conocimiento de que una persona compareciera utilizando una identidad falsa”, agregó.

La abogada notaria que hizo la escritura, Damarie Rosario González, es codemandante en este caso. Alega que, en febrero del año pasado, Nadal Palmer se comunicó con ella para referirle el cierre de una compraventa de esa casa para Milomar Investment y le llevó el estudio de título. Esa transacción se hizo y la propiedad quedó inscrita a nombre de Milomar.

Cuando Milomar Investment estaba en el proceso de limpiar y arreglar la casa, se aparecieron en el lugar quienes alegan ser los verdaderos dueños de la residencia y que según se argumenta en la demanda, “no eran las mismas personas que habían comparecido al otorgamiento de las escrituras de compraventa el 18 de febrero de 2025”. A la abogada se le presentaron identificaciones que supuestamente eran válidas, según la demanda.

Según la demanda, “ante la incertidumbre de realmente tener un título justo y válido en derecho”, Milomar Investments quiere dar marcha atrás a dicha transacción y devolverles la titularidad a sus verdaderos dueños. Pero eso no es tan fácil. Para lograrlo, Milomar necesita que el Tribunal anule la escritura que la convirtió en dueña de la propiedad y que ordene al Registro de la Propiedad revertir la inscripción de la escritura de compraventa para que los dueños reales vuelvan a ser los propietarios de la casa. 

En entrevista con el CPI, la abogada Rosario González lamentó haber confiado en la validez de lo que le presentó Nadal Palmer. Dijo que decidió demandar junto a la empresa compradora para reivindicar los derechos de los verdaderos dueños de la propiedad.

“Yo fui víctima de él, pero a la vez me siento mal porque soy una profesional del Derecho y soy notaria. La fe pública está puesta en mí. Fui engañada”, dijo Rosario González.

La directora ejecutiva del Colegio Notarial de Puerto Rico, Virmarilys Pacheco, explicó que lo que se conoce como la fe pública notarial, que es delegada por el Estado a un abogado notario, permite que este convierta en auténtico, legal y válido todo documento que lleve su sello y firma. Pacheco explicó que el negocio jurídico que autoriza un notario sólo puede modificarse mediante una sentencia del Tribunal en un juicio civil o penal.

“Hay una presunción de validez en el documento que autoriza el notario”, sostuvo. Indicó que quien sostenga lo contrario e impugne el documento notarial tiene que probar su invalidez.

Pacheco dijo que el notario debe ser una figura imparcial que representa la fe pública y tiene la responsabilidad de hacer buen uso de esa facultad conferida por el Estado. En una escritura de compraventa, por ejemplo, el notario tiene la obligación de asegurarse de que el vendedor es el dueño de la propiedad y tiene la capacidad legal de vender.

Nadal Palmer dijo que lo expuesto en la demanda en su contra son meramente alegaciones formuladas por las partes demandantes y que no constituyen hechos probados porque no existe una determinación judicial de su responsabilidad.

“Rechazo expresamente las imputaciones de fraude, engaño o actuación concertada formuladas en mi contra”, dijo Nadal Palmer. “No tuve conocimiento de que alguna persona estuviera utilizando una identidad falsa o compareciendo sin autoridad. Tan pronto advine en conocimiento de la controversia, actué de buena fe y devolví íntegramente a la inversionista el dinero recibido, sin admitir responsabilidad alguna”, añadió.

El abogado de Milomar Investments, Edwin León León, dijo al CPI que, aunque ya Nadal Palmer fue emplazado, todavía ningún representante legal suyo ha comparecido al Tribunal ni   ha contestado la demanda. Negó que exista algún acuerdo económico para transar el pleito.

Más muertos que venden sus casas

En febrero de 2025, Rubén Ernesto Montalvo Martínez y Felixberto Montalvo Álamo, quienes viven fuera de Puerto Rico, demandaron a Nadal Palmer y a Tribeca Capital porque compraron y vendieron la casa que heredaron de María Pascuala Álamo Rodríguez, ubicada en la urbanización Villa Sierra Berdecía en Guaynabo, sin el conocimiento de ellos, que son los herederos, “y en fraude de los intereses económicos de estos”. A la demanda se unieron posteriormente otros herederos. Tribeca Capital hizo la venta con un poder legal que supuestamente Álamo Rodríguez otorgó a Nadal Palmer en Kissimmee en octubre de 2023, pero la mujer falleció en septiembre de 2015.

Un mes después de que presuntamente obtuvo el poder legal, Nadal Palmer vendió a Tribeca Capital la casa de Álamo Rodríguez por $40,000. Al día siguiente, Tribeca Capital vendió la propiedad a Ariana Investment LLC, presidida por Mario J. Porrata Rodríguez, por $45,000. Dos meses después, en enero de 2024, Ariana Investment vendió la residencia a Ramonita Sánchez Vélez por $165,000, según la demanda. Esas escrituras fueron realizadas por el notario Luis Antonio Noriega Morales, quien no contestó mensaje ni llamada del CPI como tampoco respondió las preguntas enviadas a su correo electrónico.

Sánchez Vélez alegó que compró la casa, que describió como abandonada y deteriorada, porque quería vivir en la misma urbanización que su hija. Para mejorarla, dice en una demanda que presentó también contra Tribeca y Ariana Investment, que invirtió $60,000, pero ahora, después del dinero gastado, se ha encontrado con que la “propiedad es objeto de litigio”.

Montalvo Martínez, quien vive en Florida desde 2008, dijo al CPI que se enteró por familiares suyos que la casa que fue de su abuela había sido vendida. Le alertaron de que habían visto que la residencia estaba siendo remodelada por una señora que supuestamente la había comprado.

“Ahí fue que mi prima y yo nos enteramos [de que habían perdido la casa]. La señora [que compró] también es una víctima del fraude”, dijo el demandante en entrevista con el CPI.

Este caso sigue activo y fue Wilfredo Luciano Quiñones, abogado de los herederos Montalvo Martínez, Montalvo Álamo y Dávila, quien solicitó al Tribunal un referido al Departamento de Justicia, el mismo que la Secretaria de Justicia rechazó investigar.

El tracto judicial también muestra las dificultades que tuvieron los demandantes para lograr que Nadal Palmer se presentara a la deposición del caso. Primero alegó impedimentos de salud para acudir a la deposición y luego reclamó su derecho a no incriminarse debido al referido que se hizo a Justicia. La jueza tuvo que emitir varias órdenes a Nadal Palmer para lograr la deposición que finalmente se tomó este año.

En julio, Nadal Palmer se quedó sin representación legal porque su abogada Jessica Apellániz Arroyo informó al Tribunal tener “diferencias irreconciliables” con su cliente, lo que ha supuesto un nuevo retraso en el proceso judicial.

En una resolución del 13 de mayo de 2026, la jueza Teresita Mercado Vizcarrondo señala que “no hay duda que Tribeca Capital adquirió mediante fraude la propiedad por virtud de un poder nulo”. 

Aunque Tribeca Capital tiene varias demandas activas, la compañía fue disuelta el 1 de julio de 2025.

El CPI le pidió a Nadal Palmer que explicara cómo obtuvo un poder de una persona que estaba muerta a la fecha en que se emitió el documento, pero se limitó a expresar que “no confeccioné ni autentiqué ese documento y que no presenté en el registro de poderes ni de testamentos de Puerto Rico, de que se estuviera utilizando documentación falsa”. 

Fallas en las escrituras

En abril de 2026, Lumavi Properties Corp., de Lumier Rodríguez Díaz, y Thunder Holding LLC, de Luz Garay Pagán, compraron en partes iguales una propiedad en Yabucoa mediante la intervención de Park Avenue Investment Group LLC como la empresa que gestionó la compraventa del inmueble. Esta es una compañía que Nadal Palmer inscribió  en noviembre de 2024 y disolvió el 26 de agosto de este año, un mes después de que Rodríguez y Garay presentaran ante la Policía tres querellas en contra de él y del notario que hizo la escritura  por presunta falsa apariencia, timo o estafa.

Cuando Rodríguez Díaz, quien también se dedica a comprar y vender propiedades, inició los trámites para a su vez vender ese inmueble en Yabucoa, supo que los verdaderos dueños de la propiedad habían fallecido, uno de ellos hace 40 años, y que sus sucesores no autorizaron la venta ni recibieron dinero de esa transacción, según le dijo en entrevista al CPI.

Lumier Rodríguez Díaz, presidenta de Lumavi Properties Corp.
Foto por Brandon Cruz González | Centro de Periodismo Investigativo

Rodríguez le pagó en total $99,500 a la empresa Park Avenue por esa propiedad en Yabucoa y por la opción a compra de otras dos casas en Levittown y Toa Baja, según las escrituras y contratos de compraventa.

La escritura de Yabucoa también se hizo ante el notario Manuel Antonio Martín Méndez, el mismo de la casa de doña Bartola en Caimito. Las compradoras también presentaron una querella en la Policía contra el notario.

Según la querella policial, la escritura se firmó en un restaurante El Viejo Almacén en la calle Loíza, en San Juan. Rodríguez Díaz relató al CPI que al momento de la firma no estaban presentes los vendedores, Gerónimo Martínez Rivera e Hipólita Medina Marín, porque según le explicaron a Rodríguez, se trataba de personas de edad avanzada a quienes le llevarían el documento para tomar sus firmas. Luego, cuando a principios de julio inició el proceso para vender la propiedad y la compradora hizo un estudio de título de la propiedad, Rodríguez supo que Gerónimo (o Jerónimo) murió en 1986 e Hipólita también falleció, aunque no pudo precisar la fecha.

“¿Desde cuándo los muertos firman?”, dice la querella que la potencial compradora cuestionó a Rodríguez cuando hacía los trámites para comprar la casa de Yabucoa.

Casa en Yabucoa que compró Lumavi Properties y por la que alega que fue víctima de falsa apariencia, timo o estafa.
Suministrada

El CPI intentó comunicarse con el abogado notario Martín Méndez a su número telefónico y mediante correos electrónicos e incluso se le enviaron preguntas por escrito, pero nunca contestó.

Según Rodríguez Díaz, Martín Méndez, al ser confrontado por ella el 30 de junio de 2026, se reiteró en que habían comparecido e identificado a los vendedores reales. Le dijo que hablaría con Nadal Palmer para solucionar la situación y que la compañía podía comprar la casa para que “salieran del problema”. Después de eso, y hasta el momento de la entrevista, aseguró que no le habían devuelto el dinero que pagó, no le respondían las llamadas y, cuando fue a la oficina de Park Avenue, se encontró con que estaba cerrada y abandonada.

Nadal Palmer dijo que tiene conocimiento de que existen querellas relacionadas con estas transacciones y que había “que darle espacio a la Policía para que investigue”. Afirmó que su participación en la compraventa “no incluía autenticar la identidad o capacidad jurídica de los comparecientes”.

“Es el notario autorizante quien recibe a los comparecientes, examina sus documentos, comprueba su identidad y da fe del otorgamiento de la escritura”, dijo Nadal Palmer sobre las transacciones en las que intervienen como otorgantes personas fallecidas. “No tuve conocimiento de que se pretendiera hacer comparecer en una escritura a una persona fallecida ni participé conscientemente en actuación alguna de esa naturaleza”, agregó.

Las dos propiedades que opcionó Lumavi Properties en Levittown presuntamente también presentan problemas con la titularidad. Rodríguez Díaz alega que el estudio de título que se le compartió a ella al momento de la compraventa fue alterado porque no menciona que la propiedad tenía dos anotaciones de embargo federal. De eso se dio cuenta cuando le pidió una copia a la compañía que realizó el estudio. L.J.N Titles Search Company confirmó al CPI que el estudio de título que obra en su expediente tiene las anotaciones de embargo.

Esta es una de las dos propiedades que Lumavi Properties hizo un contrato de opción a compra.
Suministrada

La otra propiedad pertenece, según Rodríguez Díaz, a una adulta mayor que se encuentra en un hogar de cuidado prolongado y que no está capacitada para haber consentido la compraventa.

Nadal Palmer dijo que no era prudente comentar sobre las transacciones relacionadas a las querellas ante la Policía ni siquiera para aclarar si él o el abogado notario han establecido alguna comunicación con Rodríguez Díaz o con Garay Pagán para tratar de solucionar el asunto.

“Esto podría llevar al entorpecimiento de cualquier proceso que estén llevando a cabo las autoridades judiciales o cualquier agencia gubernamental”, puso por escrito.

La presidenta de Lumavi Properties presentó tres querellas en el cuartel de la policía de San Juan, Carolina y Bayamón el 3 de julio y el 9 de julio pasado. También presentó una queja en el Poder Judicial contra el notario Martín Méndez. Además, acudió a una primera entrevista ante el Cuerpo de Investigaciones Criminales (CIC) del Negociado de la Policía en Carolina.

“Confirmamos que existe una queja activa contra el licenciado Manuel A. Martín Méndez y otra queja activa contra Luis Antonio Noriega Morales. El contenido de estas es confidencial, conforme a lo dispuesto en la Regla 14 del Reglamento del Tribunal Supremo”, dijo al CPI Jean Pérez Nieves, director de la Oficina de Prensa del Poder Judicial.

Noriega Morales es el notario que hizo las escrituras en las dos ocasiones en que la casa de la familia Montalvo Martínez y Martínez Álamo, ubicada en Guaynabo, se vendió sin el consentimiento de ellos. Este notario presentó el 7 de agosto de 2026 una demanda para que se declare nula otra escritura que autorizó en 2024, en la que los vendedores estaban fallecidos y por la que un miembro de la sucesión le presentó la queja en el Tribunal Supremo, declaró su representación en una vista judicial. El CPI intentó comunicarse con el abogado notario Noriega Morales a su número telefónico y se le enviaron preguntas a su correo electrónico, pero este no respondió.

El CPI supo por varias fuentes que, además de las querellas presentadas por Rodríguez Díaz, existen al menos otras dos querellas contra Nadal Palmer y sus corporaciones que están bajo investigación del CIC de San Juan. Una de estas está relacionada al caso en la que la OPPEA representó a los hermanos Ávila y otra presentada por Luis Fernando Pagán Cruz, propietario de Ritocco Investment Corp.

“Es indispensable aclarar que no soy notario. No autorizo escrituras públicas, no doy fe pública notarial, no certifico la identidad de los otorgantes ni determino jurídicamente quiénes tienen capacidad para comparecer como propietarios o herederos”, dijo Nadal Palmer.  “Mi intervención, cuando existe, es de naturaleza comercial. La preparación y autorización del instrumento público, la identificación de los comparecientes y la evaluación jurídica de la documentación presentada corresponden al notario autorizante”, añadió.

¿Quién es Rafael Nadal Palmer?

Cuando en el 2007 Nadal Palmer se apropió del diamante valorado en $12,394, no hubo violencia ni intimidación, según surge de la acusación. Nadal Palmer se valió de su poder de persuasión y logró que el dueño de la joyería le diera el diamante a crédito bajo la promesa de que le pagaría $11,000 que le debía tras entregarle un cheque de $2,144 y $55.68 en efectivo. Nadal Palmer, que para entonces tenía 38 años, nunca saldó la deuda, el cheque de $2,144 rebotó por fondos insuficientes y el diamante lo cambió por efectivo en una casa de empeño.

Tras la acusación, Nadal Palmer trató de presentar como defensa su presunta incapacidad mental, pero el psiquiatra del Estado lo encontró procesable. Finalmente, llegó a un acuerdo con Fiscalía que incluía una sentencia de tres años bajo probatoria. El dueño de la joyería no estaba de acuerdo con ese arreglo, según lo manifestó Acevedo Díaz, la técnico sociopenal que evaluó si era merecedor de libertad a prueba, tras declararse culpable.

Para Acevedo Díaz, quien no recomendó la probatoria y según surge de la informe presentencia al cual tuvo acceso el CPI en el Tribunal, Nadal Palmer era una persona que manipulaba, que no mostraba responsabilidad por sus actos porque se presentaba como una víctima y que no tenía ningún problema en que sus actos perjudicaran a otros.

“A pesar de que se presenta como una persona estable, honesta y sensible, la información obtenida lo presenta como una persona que actúa con conocimiento de causa y con la intención de perjudicar a terceros siempre utilizando como excusa sus estados emocionales. Reconoce los impactos de sus actos y no presenta una actitud para responder por ello”, dice el informe de presentencia de la funcionaria. “Con relación a los hechos que nos ocupan, siempre mostró una actitud de víctima lo que entendemos es una estrategia para no resarcir a la parte perjudicada”, agregó en el informe.

El documento indica que Nadal Palmer se dedicó al negocio de bienes raíces desde muy joven y que, aunque fue exitoso en un momento, tuvo varios negocios en distintas áreas comerciales que fracasaron. De las entrevistas que hizo la técnico sociopenal, y del registro de casos en los Tribunales, se desprende que dejó de cumplir con varias de sus obligaciones económicas, como la renta, con suplidores y deudas bancarias.

Al momento en que fue convicto, Nadal Palmer manejaba un “carro último modelo de la Mercedes Benz”, según el informe sociopenal. Y aunque dijo que pertenecía a su novia, Acevedo Díaz aclaró que supo que el auto estaba a nombre de Soho Movers, una empresa que supuestamente manejaba el investigado. La persona que incorporó esa entidad también lo demandó en cobró de dinero.

La técnico sociopenal lo describió en una vista del caso como una persona “poco confiable” y dijo: “No estamos de acuerdo en que el señor Nadal continúe operando negocios, de concederle una probatoria, ya que no existe garantía de que los negocios sean unos donde la otra parte no se vea afectada. Entiendo que existe un patrón de engaño a las personas para aparentar tener un estatus de negocios o económico cuando no es real y no puede responder”.

La jueza Torres Cancel accedió al acuerdo que el imputado llegó con el Departamento de Justicia para que se le rebajara el delito de apropiación ilegal de un tercer grado a un cuarto grado, la restitución de $13,042 y le impuso una condena de tres años a cumplirse bajo sentencia suspendida. Le ordenó, como condiciones especiales, someterse a evaluaciones psiquiátricas y psicológicas, no realizar trabajos o negocios relacionados con dinero personal ni empresas familiares hasta agotada la sentencia, mantenerse empleado y estar en su residencia de 8:00 pm a 7:00 am.

Periodista

Damaris Suárez
Centro de Periodismo Investigativo

Es presidenta de la Asociación de Periodistas de Puerto Rico. Ha trabajado durante los últimos 20 años en medios de comunicación como NotiUno, Boricua 740am y Radio Isla, y en agencias de noticias como Prensa Asociada, cubriendo Puerto Rico, el Caribe y Estados Unidos. Actualmente, es reportera en el periódico digital NotiCel y modera el espacio de análisis radial “Damaris Suárez Ahora” en Radio Isla 1320. Su trabajo ha sido reconocido por entidades como el Overseas Press Club, así como por el Departamento de Estado, la Universidad del Sagrado Corazón, la Asociación Internacional de Clubes de Leones de PR y la Unión Americana de Mujeres de Puerto Rico.

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  1. Me gustaría saber que, si algo, está haciendo el Departamento de Justicia. Obviamente, si los dueños fallecieron años atrás, no pueden haber firmado los documentos. Imagino que hubo una violación a la ley. No deben esperar para actuar.