Trasfondo del caso del representante José Luis Rivera Guerra

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El escándalo del representante José Luis Rivera Guerra comenzó por admisiones del legislador a la revista TV & Novelas sobre la construcción de su casa sin los permisos necesarios, pero el asunto tomó relevancia pública cuando Ernesto Robledo Arce, quien lo quería retar en las primarias del Partido Nuevo Progresista, lleva el asunto hasta la dirección del PNP, la Comisión de Ética de la Cámara y públicamente.

Rivera Guerra dijo a la revista que vivía hace cuatro años en una residencia de su propiedad que construyó sin obtener previamente los permisos de la AEE y la AAA. Después de la denuncia pública de Robledo Arce despachó el asunto como un “ataque político” y cuando la Comisión de Ética desestimó la querella por estar basada solo en un artículo periodístico, también lo acusó de “irresponsable, manipulador y es un insensible” durante una rueda de prensa.
La AAA inició la investigación a raíz de que el periódico El Nuevo Día pidiera información sobre su cuenta y entonces confirma que no tiene ningún servicio registrado a su nombre. En una visita a la propiedad el 16 de diciembre le notifican al padre del legislador que debe pasar por la agencia para recibir una orientación.
La excusa pública de que Rivera Guerra no es cliente de la AAA no es impedimento para la investigación e imposición de penalidades por apropiarse de sus servicios porque la agencia cita a menudo personas para lo mismo, según confirmaron al Centro varios empleados de la Autoridad que hablaron bajo condición de anonimato.
El ingeniero José Ortiz Vázquez, presidente ejecutivo de la AAA, dijo a la Prensa en diciembre que “lo que aparenta ser es que él llena la cisterna y cada cierto número de días la vuelve y la llena con la manguera de un vecino, como él dijo”, pero ya el ingeniero Joel Lugo Rosa, director de la región oeste de la AAA, había notificado a los inquilinos de la propiedad ubicada en el sector Camino Las Rosas del barrio Caimital Alto, en Aguadilla, que tenían 10 días para visitar la oficina comercial. Los días pasaron y nadie acudió a la oficina gubernamental.
El 4 de enero de 2012, la AAA pretendió hacer una segunda inspección a la propiedad, pero el padre, la abuela y una tía de Rivera Guerra prohibieron el acceso a empleados de la agencia y el legislador nunca llegó. La Autoridad confirmó que los dos contadores estaban registrando un consumo bajo para las dos casas que suplían y los cambió. La AAA envió un envió un contador a la compañía suplidora de los metros que confirmó que había sido adulterado.

El Centro de Periodismo Investigativo solicitó los documentos y el status del caso a la AAA, a través de la directora de Comunicaciones, Edith Seda, y de la oficina en la región oeste, pero se negaron a divulgar información de la cuenta alegando que no pertenece al legislador. Tampoco se proveyó información sobre las gestiones del legislador ante la oficina de Proyectos Públicos y Privados (PPP) de la misma agencia.

Por reglamento, le toca al Gerente de la Oficina de Servicio al Cliente con jurisdicción enviar una carta y el cliente tiene 10 días a partir de la fecha de notificación para acudir a su oficina. Si al término no lo hace, se considera que aceptó pagar las multas administrativas y los cargos que apliquen. El Gerente Comercial entonces le toca citar al cliente en un término no mayor de 10 días laborables para formalizar los trámites. Si no se formaliza la aceptación de la multa, se da por impuesta. No obstante, el cliente puede pedir una revisión y someterse al proceso en que un juez administrativo, con las mismas facultades de un juez del Tribunal de Primera Instancia, revise el caso.

La expresidenta de la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico Ygrí Rivera ha estado trabajando como juez administradora de la AAA en las vistas administrativas, que pueden ser abiertas al público.

Rivera Guerra admitió que recibía luz y agua de la casa de su padre, lo que la AEE describió inicialmente como una situación “al margen de la ley” y la AAA como una violación a sus reglamentos, pero los funcionarios ejecutivos que envió la AAA, Edgar Mártir, de Servicio al Cliente y Virgilio Vilomar, ayudante ejecutivo del presidente Ortiz Vázquez, dieron información que la Comisión de Ética alegó los llevó a concluir que eran solo faltas administrativas.

Posteriormente la representante Liza Fernández dijo que los funcionarios enviados por la AAA y la AEE habían inducido a la Comisión a errar y solicitó declaraciones juradas. El caso fue referido al Departamento de Justicia.

La tercera intervención de la AAA fue el 11 de enero y se confirma públicamente que la cuenta de la propiedad factura unos $11 y la otra de $30 mensual, lo cual es muy poco para las cinco estructuras que se suplen de los mismos, aunque dos aparenten estar deshabitadas. Un contador corresponde a la casa principal frente a la carretera, que ocupa la abuela del legislador, Aurea Castro, y detrás de esa casa está la del hijo de la señora, José Luis Rivera Castro, y posterior a esta sigue la de Rivera Guerra.

La AAA considera una residencia que se abastece de agua de otra una “derivación”, lo que está prohibido. Toda residencia debe tener una cuenta registrada (contador). A una residencia promedio se le pueden instalar contadores de 1/2″ y 5/8″ pulgadas de diámetro, que conlleva un cargo básico de $10.60 mensuales, y si es de 3/4″, $16.18 al mes, por agua potable solamente (sin incluir el servicio de alcantarillado).

El Presidente de la AAA o sus representantes autorizados se supone que “tendrán acceso, cuando las circunstancias lo requieran, a cualquier edificio o lugar, y el derecho de inspeccionar los mismos a fin de investigar si se han cometido o se están cometiendo violaciones de dichas reglas y reglamentaciones o para corregir cualquier deficiencia que afecte el servicio”.

Cada derivación conlleva $1,000 de multa, en este caso, sería $3,000 en multas por esta infracción.

El reglamento de la AAA, que está en su portal de Internet www.acueductospr.com, dispone en el Artículo 6 lo aplicable a este caso. En específico, el Artículo 6.03 dice lo siguiente:

“Cualquier persona que haga uso del servicio de acueducto y/o alcantarillado, sin que medie una solicitud debidamente registrada con la Autoridad, será responsable del pago de los servicios utilizados y del cumplimiento del Reglamento aplicable”.
Funcionarios de la AAA han alegado y reiterado en varias ocasiones, y la presidenta de la Comisión de Ética de la Cámara, Fernández, lo ha repetido, que Rivera Guerra no es cliente de la AAA, por lo que no le aplican sanciones ni se puede divulgar información de la persona bajo la cual están registrados los dos contadores.
El Artículo 6.08 del mismo reglamento, titulado “Responsabilidad de los usuarios no abonados”, dice:
“Todo usuario no abonado solicitará una cuenta a su nombre y se hará responsable por el pago de la totalidad de los servicios utilizados. Cuando dicho usuario no abonado se beneficie de los servicios solicitados por un usuario abonado ambos serán responsables solidariamente por el pago del servicio. De igual forma, la Autoridad podrá registrar dicho servicio a nombre del usuario no abonado y requerirle que cumpla con los demás requisitos establecidos.  No cumplir con estos requisitos dentro de un plazo de diez (10) días naturales a partir de la fecha de la notificación, constituirá causa suficiente para la suspensión del servicio.”
El Centro de Periodismo Investigativo solicitó a la Oficina de la Región Oeste de la AAA el status del caso, específicamente qué sucedió con las notificaciones que se hicieron, qué van a hacer y un desglose de las multas que aplicarán, pero la oficina del director Joel Lugo Rosa refirió el asunto a la oficina central y la directora de la oficina de Comunicaciones, Edith Seda, dijo que no podían por tratarse de otro cliente que no es el legislador.
La señora dueña de la cuenta deberá responder por la adulteración de un contador, fabricado por Elster AMCO Water Metering, que tiene un distribuidor en Isabela, compañía presidida por Roman Thomassin.
Elster AMCO tiene contratos con la AAA desde el 2008 y el que está vigente asciende a $1,424,500.
En los casos de hurto de agua, el Código de la AAA lo considera delito menos grave y conlleva un cargo el agua consumida sin registrar, basado en un cálculo que toma en cuenta el historial de consumo.
Además, se le cobrará los gastos incurridos en la investigación y corrección de la violación y se impondrán multas dispuestas por las secciones 4.01, 4.02, 4.03 y 4.04 del Código.
Las multas administrativas no serán menores de mil dólares ni mayores de $5,000, a menos que la ley o reglamento violado establezca una mayor.
El vicepresidente de operaciones de la AAA, Eufemio Toucet, aparece el 12 de enero diciendo a El Nuevo Día que encontraron que los contadores les faltaba el cable “precinto”. Ese día se citó a la clienta para que acudiera a las oficinas regionales de la AAA en un término de 10 días o se exponía a una multa de $1,000, según Toucet.
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