La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes investiga el resultado de la implantación de las leyes 122 de 2019, “Ley de Datos Abiertos”, y la 141 de 2019, “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública”.
El Centro de Periodismo Investigativo fue invitado a la vista pública este martes y participamos para exponer algunos de los problemas de acceso a la información que concretamente enfrentamos los periodistas cuando pedimos información pública, antes y después de la aprobación de estas leyes.
Les adelanto la conclusión, para los que tengan poco tiempo: las leyes 122 y 141 de 2019 nunca debieron aprobarse. Sin vistas públicas, sin acoger las múltiples enmiendas sometidas por los grupos que solicitan continuamente información pública, y firmadas en un acto de menosprecio, y podríamos decir venganza, el día antes de que Ricardo Rosselló saliera de La Fortaleza. No han servido de mucho. El acceso a la información hoy no es mejor que antes. La situación, al menos para los periodistas, es la misma, y en ocasiones, es peor. Ahora, los relacionistas y comunicadores de las agencias de Gobierno en ocasiones se escudan en los 10 días que antes no tenían, para postergar la entrega de documentos que no les conviene entregar. Y si pueden, aprovechan la prórroga de 10 días adicionales también para dilatar aún más la entrega. Así tengan el documento que se les pide a la mano, en su computadora o teléfono, disponible de inmediato, pasan días sin que contesten mensajes, porque la Ley 141 los protege. Esta es una crasa limitación a la libertad de prensa y el acceso a la información.
El CPI ha demandado al Gobierno de Puerto Rico en más de 20 ocasiones en la pasada década, y en todas, excepto una, ha logrado obtener los documentos o información pública que ha solicitado.
Hemos tenido que ir insistentemente a los tribunales a exigir información que el Gobierno se ha negado a entregar, pero que es nuestra, del pueblo, y por ende, de la prensa. La identidad de los bonistas que compraron la emisión chatarra de 2014, los informes de los almacenes con suministros tras el huracán, las minutas de juntas de directores de corporaciones públicas, los planes de emergencia del Gobierno, el registro de cabilderos del Senado, la información sobre el estado de los puentes del país tras el huracán. En fin, las peticiones son muchas. Los casos pueden tomar unas semanas, (los menos); varios meses, (la mayoría); o hasta cinco años, (como es el caso de las demandas relacionadas con los documentos intercambiados entre el Gobierno y la Junta de Control Fiscal).
Hay un caso emblemático que nos ayuda a ilustrar los problemas de acceso que persisten en el Gobierno de Puerto Rico.
Este lunes se cumplieron 14 días calendario desde que el Centro de Periodismo Investigativo solicitó a la directora del Registro Demográfico, Wanda Llovet, y al Departamento de Salud, que se supone que supervisa a esa agencia, la Base de datos de causas de muerte, actualizada. Correos de seguimiento, mensajes de texto, llamadas. Finalmente nos avisaron el martes para recoger un CD con la base de datos, y no se nos entregó la contraseña para acceder a los datos hasta el día siguiente.
Si hubiéramos tenido que ir al tribunal para exigirla, hubiera sido la cuarta vez que el CPI demanda al Gobierno de Puerto Rico para obtener este documento. Y sería la quinta vez que el Gobierno sería demandado esta razón en la pasada década, porque la organización Kilómetro 0 también tuvo que demandar para que se le entregara.
¿Y por qué importa esa base de datos de causas de muerte del Registro Demográfico?
Se trata de un documento que tiene más de 190 campos de información, como nombre, edad, género, pueblo de nacimiento y de fallecimiento, causas de muerte, nombre y dirección de los padres, etcétera. Nos permite saber dónde, cuándo, por qué mueren los puertorriqueños.
Del análisis de ese documento surgieron los reportajes que evidenciaron que los muertos por el huracán María eran muchos más de los que informaba el Gobierno. El Gobierno decía que eran 54. El CPI confirmó al menos 536 casos, y luego los especialistas validaron que fueron al menos 3,000 los muertos directa e indirectamente provocados por el huracán. De esa base de datos también surgieron investigaciones que revelaron que hubo un brote de leptospirosis poco después de María, y que el Gobierno nunca lo reconoció, en contra de los parámetros científicos internacionales.
Sin la base de datos, los periodistas no hubiéramos podido hablar con los familiares de los fallecidos por el huracán para validar sus causas de muerte.
Se trata de una herramienta primordial para poder llevar a cabo la función periodística más básica: fiscalizar. Imaginen el nivel de absurdo al que llega la negativa a entregar este documento que después del huracán María, una de las agencias federales a cargo de la recuperación nos llamó al CPI para solicitar la base de datos de causas de muerte porque el Registro Demográfico no se las entregaba.
La falta de información cuesta vidas cuando impide llevar a cabo investigación que informe, de manera oportuna, las políticas públicas y la toma de decisiones. Y en momentos de desastre o crisis de salud pública, más aún.
En este momento, hoy, la base de datos serviría, por ejemplo, para evidenciar que una persona que haya muerto por causa de COVID sea anotada correctamente por el Gobierno. Hace seis meses la solicitamos, y ¿qué encontramos?
A seis meses de que el Gobierno informara de la llegada de COVID-19 a Puerto Rico, el CPI halló, tras analizar la base de datos entregada por el Registro Demográfico, que en Puerto Rico hubo un patrón de exceso de hasta unas 1,000 muertes entre marzo y agosto de 2020. Estas muertes incluían cerca de 500 muertes que el Gobierno atribuía al COVID-19, y las 500 muertes restantes que pudieron haber estado vinculadas al virus, pero fueron atribuidas a otras causas de muerte. Este exceso de muertes pasó desapercibido en la totalidad de las muertes reportadas debido a que simultáneamente hubo una disminución de muertes violentas y por accidentes de tránsito reportadas durante el “lockdown”.
El exceso de muertes anticipado por el CPI, por haber tenido acceso a la base de datos que el Gobierno no quería entregar, fue validado casi seis meses más tarde por un estudio científico publicado por el Centro Nacional para la Información de Biotecnología de Estados Unidos. Esa entidad determinó que hubo un exceso de 413 muertes para los primeros cinco meses de la pandemia, y el CPI había identificado un exceso de 500 para los primeros seis meses de la pandemia.
¿Por esto qué importa? Porque el Gobierno y las autoridades de Salud pudieron tomar mejores decisiones, por ejemplo, sobre dónde concentrar recursos de hacer pruebas y rastreo de contactos, campañas de prevención y cierres focalizados, que afectaran menos la economía, y luego, esfuerzos de vacunación dirigidos a un objetivo, en vez de dar palos a ciegas y actuar con la ya constante dinámica del caos al que nos tienen acostumbrados.
El problema de acceso a la información no es exclusivo del CPI.
Profesores de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Ciencias Médicas, han solicitado la base de datos de causas de muerte para investigar los casos de cáncer en Vieques, ante la posibilidad de que la contaminación de la Marina de Guerra de Estados Unidos esté asociada con esta enfermedad, y el Departamento de Salud en su momento se negó a entregarles la información. En 2016, un catedrático de ese mismo Recinto de Ciencias Médicas tuvo que someter una solicitud bajo el Freedom of Information Act a los Centers for Disease Control (CDC) requiriendo los datos sobre Zika en la Isla, porque la entonces epidemióloga del Estado también le negó el acceso. La agencia federal tampoco suministró los datos solicitados y, en su defecto, ofreció información general.
Definitivamente, esta información no es solo útil e importante para periodistas, sino para investigadores, profesionales de salud pública, historiadores, estudiosos de temas específicos como la salud mental, entre otras disciplinas. La base de datos del Registro Demográfico sirve además a entidades comunitarias, por ejemplo en Vieques, y en otras comunidades, que pueden usarla para sus investigaciones epidemiológicas, estudios de contaminación ambiental, o documentar temas de violencia, por ejemplo.
No conforme con las decisiones judiciales, el Registro Demográfico se fue por la cocina el pasado cuatrienio a tratar de legislar para convertir el documento en uno confidencial. El proyecto de ley pretendía establecer como confidenciales los certificados de defunción así como cualquier información incluida en los mismos. Además, se buscaba que el Registro Demográfico tuviera que pedir autorización a terceros en casos en que el tribunal le ordenara entregar certificados de nacimiento o defunción a quien los solicitara por la vía legal, lo que hubiera hecho inviable el acceso a los datos sobre muertes en la Isla. El proyecto de ley no prosperó, pero ahí queda la intención de limitar el derecho de acceso.
Me parece que este caso de la base de datos de causas de muerte deja claros algunos problemas con el marco legal. Vamos a recapitular: (1) arbitrariedad de las agencias, que no ha cambiado con las nuevas leyes; (2) falta de penalización a los funcionarios o agencias que no cumplen la ley; (3) tiempo transcurrido entre la solicitud y la entrega, tanto con las leyes nuevas como antes, nunca es realmente expedito; (4) no hay publicación proactiva; (5) las agencias se escudan en excepciones sin justificarlas, tratando de negarlo todo de entrada.
Aparte de este ejemplo, hay muchos otros que nos permiten asegurar que hay múltiples problemas de acceso a la información, aún con las leyes nuevas. Primero, un problema de cumplimiento: se pueden contar con los dedos de la mano las agencias que han nombrado oficiales de información pública, según ordena la ley. Igualmente se cuentan con una mano las agencias que han promulgado reglamentos para implantar la ley, como esta exige. Es decir, al menos lo que es la ley 141 no se está cumpliendo.
El derecho constitucional de Puerto Rico establece que el acceso a información pública es de todos los ciudadanos. Cuando el CPI, o cualquier otro medio o periodista lo reclama, lo hace en su labor investigativa, pero a la vez en representación de los ciudadanos, no reclamando un privilegio especial. En todos los casos en los que el tribunal ha ordenado la publicación de información en poder del Gobierno, lo hace sobre la base de que toda la ciudadanía debe tener acceso a esa información, no solo los periodistas.
La Ley Datos Abiertos y la Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública no han hecho mella en los problemas históricos de acceso a la información. Podemos afirmar que en algunos casos, los han empeorado.
En el caso de la ley 122, la de Datos Abiertos, las excepciones que enumera son más abarcadoras que las que se habían reconocido en la jurisprudencia. Es decir, al firmar esa ley, los puertorriqueños quedaron con acceso a menos tipos de información que antes de la firma de la misma.
En el caso de la ley 141, la de Transparencia, si bien es cierto que provee un mecanismo para la solicitud de información que es menos oneroso al ser por derecho propio, y eso debe evaluarse de forma positiva, también presenta serias limitaciones, como las que ya he descrito.
El Centro de Periodismo Investigativo avala la derogación de estas leyes o su enmienda sustancial, lo antes posible. Estamos disponibles para colaborar en cualquier proceso responsable dirigido a lograr ampliar el acceso a la información en Puerto Rico.
Versión editada de la ponencia sometida el martes, 6 de abril de 2021 a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes, en el marco de la vista pública sobre la Resolución de la Cámara 199, para investigar la aplicación de leyes de acceso a la información.