San Juan, PR – Por no entregar datos públicos sobre incentivos, exenciones y decretos otorgados a corporaciones relacionadas con la industria turística bajo el Código de Incentivos de Puerto Rico, el Centro de Periodismo Investigativo (CPI) demandó este martes al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan.
La periodista del CPI Damaris Suárez Lugo solicita específicamente, la información de 59 entidades de la industria del turismo que tenían decretos aprobados por la Oficina de Incentivos en 2024, y cualquier otra entidad cuyo incentivo, exención o decreto haya sido aprobado luego de 2024. Solicitó, para cada entidad, el nombre, tipo de actividad turística, ubicación, crédito concedido, los empleos nuevos generados, entre otros datos. Igualmente, requirió los documentos e información pública en los expedientes de las entidades beneficiarias y los informes anuales sometidos por la actividad exenta, así como los informes de procedimientos acordados (Agreed Upon Procedure) para cada compañía.
“Para poder fiscalizar de manera independiente las decisiones fiscales del Gobierno y el retorno de inversión que el país obtiene, la prensa necesita datos. En este caso, se trata de ingresos que el Gobierno decidió que no va a recibir, una actividad que se incentivó; pues hay que saber qué se logró con esa inversión”, comentó Suárez Lugo.
Mediante una carta, el Proyecto de Acceso a la Información de Clínica de Asistencia Legal de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana (UIPR), que representa al CPI, solicitó al DDEC que divulgara la información en o antes del 29 de julio. La agencia se comprometió a responder el 5 de agosto, pero luego solicitó una prórroga adicional hasta el 19 de agosto, para “completar la gestión requerida” debido al “volumen de datos y la necesidad de analizarlos”.
Llegada la fecha límite, la agencia denegó la solicitud, refiriendo a la periodista a un enlace en la página web que ya ella tenía, pero que no contiene la información solicitada.
El DDEC no negó tener la información solicitada sobre incentivos gubernamentales vinculados a la industria de turismo, pero sostiene, invocando el Código de Incentivos, que no puede entregarla en el formato desagregado solicitado por la periodista del CPI. “Esta posición del DDEC no sólo es errada, sino que hace caso omiso tanto al Artículo 8 de la Ley de Transparencia Ley Núm. 141-2019, que exige que la información pública solicitada se entregará en el formato solicitado, como a su Cláusula de Interpretación, que mandata que toda lectura del estatuto sea interpretada en la forma más liberal y beneficiosa para la persona solicitante”, dice el recurso de mandamus presentado en el tribunal. En litigios anteriores entre el CPI y DDEC, el tribunal ha ordenado la divulgación de información pública de forma específica, desglosada y desagregada, incluso ante reclamos de confidencialidad ordenados por el Código de Incentivos.
“Lo que estamos pidiendo es información básica sobre el uso de fondos públicos en incentivos contributivos a la industria turística, información que debe estar disponible al país. No se trata de datos privados, sino de transparencia sobre quién recibe estos beneficios y en qué condiciones”, señaló Carla Minet, directora ejecutiva del CPI.
En este caso, el CPI es representado legalmente por el abogado de la organización periodística, Carlos F. Ramos Hernández, además de Judith W. Berkan Barnett, Luis José Torres Asencio y Steven P. Lausell Recurt de la Clínica Legal de la UIPR.









Y no les quiten el pie de encima. Estas personas se creen dueños de el gobierno y actúan como tal. El municipio de san juan y su oficina de Permisos se creen dueños de la cosa pública también y esto hay que combatirlo constantemente. Gracias por las gestiones que hacen y lo profesional de su trabajo. Victor Mallens
Saludos afectuosos a la Profesora Berkan, Facultad Derecho, Inter Santurce…
Al DDEC se le ha delegado las renovaciones y nuevas otorgaciones de certificaciones de exención contributiva de zonas históricas haciendo más burocrático y costoso la obtención de estos beneficios que antes otorgaba el Instituto de Cultura Puertorriqueña. Anteriormente, los trámites para obtener las exenciones por Zona Histórica consistían en solicitar al ICP dicho beneficio mediante un formulario que al someterlo al ICP se cobraba $100.00. El ICP solicitaba pruba de titularidad (escrituras), certificado de deuda con hacienda y CRIM, y procedía a hacer una inspección del inmueble en cuestión para ver si cualificaba para la exención. Luego de la inspección el ICP emitía un informe de las deficiencias encontradas para que fueran subsanadas. El propietario procedía a realizar las recomendaciones del ICP y el ICP hacía una nueva inspección. De ser aprobadas las labores realizadas para cualificar para la excención, el ICP emitía un certificado de exención por 5 años (exención parcial) ó 10 años (exención total). Esta excención contributiba exime al propietario de contribuciones sobre la propiedad y sobre ingresos por rentas. El ICP escribía al Secretario de Hacienda y al CRIM sobre la determinación y otorgación de la exención y quedaba registrada para ambas excenciones, del CRIM y por ingresos de las rentas.
Al delegarle al DDEC la responsabilidad de tramitar las renovaciones o nuevas solicitudes de exención por Zona Histórica, el proceso se tornó mucho más burocrático. Todavía el ICP tiene que aprobar las exenciónes, pero en adición, el DDEC solicita al contribuyente un sin número de otros documentos, incluyendo copie de las planillas de 2 años anteriores, certificaciones de incorporación, pago de $1,100.00, etc. (ver listado a continuación)
Application for Construction and Development of Historic Zones – Act 60-2019 –
Section 2071.01 (1)
Required Application Attachments
Copy of the Certification by the ICPR (Instituto de Cultura de Puerto Rico)
Letter/Memorandum from the Institute of Puerto Rican Culture detailing the inspections carried
out, the findings, and the grounds for determining the applicable exemption period.
Detailed description of the activity performed or to be performed (repairs, improvements,
construction) in the historic zone and for which the certificate was received from the Institute of
Puerto Rican Culture.
Confirmation of the physical address (full address or lot, or physical description of the location),
where the activity related to the historic zone will take place.
Cadastral number of the real property, as registered in the CRIM and/or Property Registry.
Copy of Applicant(s) Certificate of Registry or Certificate of Authorization to Do Business in
Puerto Rico
Copy of the Certificate of Organization issued by the Department of State and/or Authorization
to Do Business in Puerto Rico, if the applicant is an entity
Copy of the Employer Identification Number Letter (EIN SS-4 Letter), if applicable
Letter of authorization to represent the applicant, if applicable
Merchant Registry from Department of Treasury
In relation to the project carried out or to be carried out in a historic zone: Provide an estimate
of jobs generated per year and annual payroll according to the employment projections
presented, as applicable.
Provide an estimate of the investment made and/or to be made in the project located in a
historic zone:
Budget Prepared
Total Project Cost
Confirm date of commencement of operations, if started:
In case of construction, please confirm construction start date
In case of construction, please provide a Construction permit from the Integrated Permit System
(SIP) or Location Consultation from the Planning Board, in addition to:
OGPe approved copy of the Project plans
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Information (name, last (4) digits of social security, date of birth and address) of the owners of
the property for which exemption is requested:
In the event that it is an entity, please provide the information (name, the last (4) digits
of the social security, date of birth and address) for the first shareholder in the chain of
entities that is an individual and that has the percentage (%) majority interest
If the applicant is a domestic LLC, please confirm the tax treatment of the entity, for Puerto Rico
purposes:
If the entity has made an election to be treated as a company, please provide a copy of
the Company Classification Election form (Model SC 6045)
Certificate of Filing of Income Tax Returns with the Puerto Rico Treasury Department (Model SC
6088)
All Concepts Debt Certificate (CRIM, by its Spanish acronym)
Certifications of Compliance with the Child Support Administration (ASUME) / Negative Debt
Certificate
If the applicant is an entity, it must also provide:
Debt Certification issued by the Department of Labor and Human Resources
Negative Certificate of Debt issued by the State Insurance Fund Corporation of Puerto
Rico.
Instead of the Negative Certification of Compliance with the Child Support
Administration, an Employer Compliance Certification issued by ASUME
Certificate of Filing of Income Tax Returns with the Puerto Rico Treasury Department for
Applicant(s), and its shareholders, members, or owners, as it may apply…
Copy of the organizational chart of the related entities, if applicable.
Other – Any other related document, attachment needed for the evaluation of your application
Ademas, hay que rendir un informe anual y pagar $500 por este. En el caso de los titulares de apartamentos en zonas historicas es que no solicitemos la exencion. Lo que van a conseguir es el deterioro de las propiedades historicas del Viejo San Juan. Ademas, siendo la solicitude de exencion voluntaria, a los inversores les conviene mas no solicitarla y remodelar como les de la gana, sin cumplir con los requisitos del ICPR. Y los chavos que saca el DDEC, a donde van a parar? Al CRIM no van.
MUCHAS GRACIAS