Al filo de las elecciones, miles de fallecidos siguen activos en las listas

Doña Sara Márquez Quintero y doña Ana, ambas residentes de San Juan, tienen 109 y 104 años y son, según la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), electoras activas y hábiles para votar presencialmente en las elecciones generales de este martes en Puerto Rico. La CEE también indica que doña Sonia Quiñones Mercado, de 90 años, es residente de Cabo Rojo y también puede votar. Sin embargo, doña Sara, doña Ana y doña Sonia están muertas, según indicaron al Centro de Periodismo Investigativo (CPI), el hijo de la primera, Francisco Ramos Márquez, residente de Villa Andalucía, la administración del asilo en la urbanización Floral Park que aparece como el domicilio de la segunda, y la nieta de la tercera, Andrea Torres Wiscovitch. Francisco Ramos Márquez, hijo de Sara Márquez Quintero, confirmó que su madre falleció.Foto por Omaya Sosa Pascual | Centro de Periodismo Investigativo

Mientras tanto, doña Diana, un nombre ficticio, residente de Puerto Nuevo, de 102 años, ya votó porque decidió emitir sufragio en la modalidad de voto adelantado, indica el Registro. Doña Diana estaba viva en su residencia la semana pasada cuando el CPI intentó entrevistarla, pero no sabía que había votado ni cuándo eran las elecciones.

Fachada del edificio de la Comisión Estatal de Elecciones en Hato Rey.

Secreto de Estado las recusaciones a solo horas de las elecciones

A horas de las elecciones generales, cuando ya está en proceso el recibo y conteo de papeletas emitidas mediante voto adelantado por correo, a domicilio y en las cárceles, la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) se mantenía recusando electores sin revelar cuántas recusaciones fueron solicitadas, cuántas se aprobaron y si se ha cumplido con el debido proceso de ley, incluyendo la apropiada notificación al recusado. 

La recusación de un elector significa que se impugna su estatus con el propósito de anular su inscripción, excluirlo o inactivarlo del Registro General de Electores. Las recusaciones pueden darse porque el elector no tiene ciudadanía americana, no vive donde indica su registro electoral, no tiene 18 años, por hacerse pasar por otra persona, por muerte o por incapacidad mental declarada por un tribunal. También si aparece inscrito más de una vez o está inscrito a la vez en Puerto Rico y en otra jurisdicción de Estados Unidos. La razón más común por la que se solicita es por domicilio incorrecto. El Centro de Periodismo Investigativo (CPI) solicitó los datos actualizados de recusaciones hace dos semanas, pero la CEE no ha contestado la petición.

On the Eve of Elections, Voter Challenges Remain Cloaked in Secrecy

For the first time, a recent amendment to Puerto Rico’s Electoral Code allows voter eligibility to be disputed even after the Electoral Register closes — potentially just days before elections. The CPI has found that some voters facing these disputes are not notified, leaving them without the opportunity to respond.